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La
apertura hacia la
educación integral
exige nuevas formas
de participación,
que compro-metan a
todos los estamentos
de la comunidad y
ofrezcan variadas
situaciones de vincu-lación,
permitiendo la comuni-cación
horizontal y generando
relaciones basadas
en intereses comunes,
proyectos planifica-dos
y autogestionados.
El gobierno escolar
es la forma creada
por la ley general
de
la educación
que compromete
a la comunidad educativa
por medio de sus
delegados a par-ticipar,
proyectarse tomar
deci-siones democráticas,
adminis-trativas,
técnicas
y pedagógi-cas
excepto de carácter
privado. |
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El
Gobierno escolar,
la personera y el
Consejo Estudiantil
son estrategias de
organización,
que facilitan a la
comunidad educa-tiva,
modificar las estructuras
y crear nuevas redes
de interco-municación,
propiciando proyec-tos
y acciones a favor
de la institución.
Con éstas formas
de organización,
la comunidad enriquece
sus saberes en torno
a la solución
de conflictos, dando
relevancia a la vivencia
de valo-res y propiciando
espacios de convivencia
fraterna, dentro de
la cultura de PAZ
Y BIEN.
El gobierno escolar
se funda-menta en
el artículo
68 de la constitución
Nacional, artículo
19 del decreto 1860
y el artículo
142 de la ley 115. |